El Pasaporte es el documento de viaje que identifica a los colombianos en el exterior puede solicitarlo todo colombiano (mayores y menores de edad) que viaje fuera del territorio nacional.
Preguntas Frecuentes
Bienvenido a la sección de Preguntas Frecuentes del Ministerio de Relaciones Exteriores. A continuación, usted podrá seleccionar el tema de su interés y consultar las inquietudes más comunes de los ciudadanos nacionales y extranjeros, respecto a los trámites y servicios del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Pasaportes
¿Qué es el pasaporte y quiénes tienen derecho a solicitarlo?
¿Necesito pasaporte para salir del país?
Sí, todo colombiano (mayores y menores de edad) que viaje fuera del país deberá estar provisto de un pasaporte válido.
¿Qué pasaportes están vigentes en Colombia?
- Pasaporte Zona de Lectura Mecánica (ZLM):
Cuenta con hojas color verde con diseño de flora y fauna colombiana y la fotografía impresa en escala de grises en la página principal.
- Pasaporte Zona de Lectura Mecánica Electrónico (con chip):
Se caracteriza por tener chip electrónico y paisajes turísticos en su diseño interior.
¿Si tengo pasaporte con hojas de color rosado y fotografía a color, (Convencional) debo cambiarlo?
Desde el 25 de noviembre de 2015, todos los pasaportes colombianos deben ser con zona de lectura mecánica o electrónicos.
¿Cómo identifico si mi pasaporte está vigente?
En el pasaporte se identifica si su fecha de expiración está vigente.
¿Cómo reconozco si mi pasaporte es válido para viajar?
¿Cómo se reglamenta la expedición de pasaportes en Colombia?
El trámite de expedición de pasaportes se encuentra reglamentado en los Decretos 1067 y 1743 de 2015 y la Resolución 6888 del 26 de noviembre de 2021, consulte esta normatividad en los siguientes enlaces:
- https://www.cancilleria.gov.co/sites/default/files/tramites_servicios/pasaportes/archivos/decreto_unico_re_.pdf
- https://www.cancilleria.gov.co/sites/default/files/FOTOS2015/decreto_1753_de_2015_-_modificacion_decreto_unico.pdf
- https://www.cancilleria.gov.co/sites/default/files/FOTOS2020/resolucion_6888_del_26_de_noviembre_de_2021.pdf
¿Dónde puedo solicitar mi pasaporte?
En Bogotá:
GIT de Pasaportes Sede Norte: Avenida 19 No. 98-03, Edificio Torre 100 piso 1 y 2
GIT de Pasaportes Calle 53: Calle 53 No 10-60/46, Piso 2.
GIT de pasaportes Sede Centro Calle 24 No. 37 - 98 sector Corferias
Cita obligatoria para solicitud de pasaportes en Bogotá
Calle 53, Sede Norte y Sede Centro ingresando al siguiente enlace: https://tramitesmre.cancilleria.gov.co/tramites/enlinea/agendamiento.xhtml
Fuera de Bogotá (gobernaciones autorizadas):
Consulte aquí el listado de las gobernaciones autorizadas para el trámite de expedición de pasaportes
http://www.cancilleria.gov.co/tramites_servicios/pasaportes/lugares_expedicion
Consulados de Colombia en el exterior:
Consulte aquí el listado de consulados de Colombia en el exterior
https://tramites.cancilleria.gov.co/ApostillaLegalizacion/directorio/misionesExterior.aspx
¿Requiero presentar fotografías para la expedición del pasaporte?
No requiere fotografías, las mismas le serán tomadas de manera digital y presencial en la oficina de expedición de pasaportes, como parte del trámite, sin ningún costo. Se recomienda presentarse con peinados sencillos y evitar el uso de joyas y accesorios.
¿Puedo solicitar mi pasaporte si he rectificado mi cédula de ciudadanía?
Podrá solicitar su pasaporte si cuenta con la cédula original amarilla con holograma rectificada. No se podrá solicitar pasaporte con la contraseña de solicitud de trámite de rectificación.
Para adelantar la solicitud de pasaporte deberá esperar hasta obtener la cédula de ciudadanía amarilla con hologramas, rectificada por parte de la Registraduría Nacional del Estado Civil.
Tenga esto en cuenta si va a programar un viaje.
¿En cuánto tiempo puedo reclamar mi pasaporte?
De acuerdo con los tiempos establecidos por el Ministerio de Relaciones Exteriores, la entrega de pasaportes es:
• Bogotá: 24 horas
• Gobernaciones: 48 horas
• Consulados de Colombia en el exterior: 8 días hábiles, en este caso dependerán de las medidas de movilidad, transporte de carga internacional y cuarentena que se adopten por autoridades competentes en cada país en el marco de la pandemia de Covid-19.
¿El número de mi pasaporte cambia si solicito la expedición de uno nuevo?
Sí, el número del pasaporte cambia cada vez que se realice un nuevo trámite de expedición de pasaportes.
¿Para solicitar el pasaporte de un menor deben asistir los dos padres?
Los menores (de 0 a 17 años) deberán estar acompañados por uno de los dos padres, su representante legal o apoderado, debidamente identificado.
Si el menor está acompañado por uno de los padres no se requiere poder ni autorización del padre que no asiste al trámite.
El Consulado o la Oficina expedidora de pasaportes se reservará el derecho de verificar la identidad del acompañante del solicitante menor de edad ante la autoridad competente.
¿En qué momento debo pagar mi pasaporte?
En Bogotá, el valor del pasaporte será cancelado en el momento en que el oficial de servicio se lo indique en el módulo de atención.
El pago lo podrá realizar a través de los siguientes medios:
- Banco GNB Sudameris que se encuentran ubicados en las instalaciones de las oficinas de Pasaportes Calle 53 y Sede Norte en Bogotá
- Tarjetas asociadas a la red VISA y MASTERCARD. Este pago debe efectuarse directamente en la oficina de Pasaportes en el módulo de atención
- Red de cajeros automáticos de Servibanca a nivel nacional.
- Pago por PSE, para lo cual debe contar con una cuenta activa en Colombia, habilitada por la respectiva entidad financiera con el servicio para pagos electrónicos.
- Realice su pago con tarjeta de crédito VISA
En los consulados de Colombia en el exterior y gobernaciones autorizadas, deberá tener en cuenta las condiciones operativas de cada oficina.
¿Puedo autorizar a un tercero para que realice el trámite de mi pasaporte y lo reclame?
La solicitud y entrega del pasaporte se debe hacer de manera personal y presencial en las oficinas destinadas por el Ministerio de Relaciones Exteriores en Bogotá (Calle 53 No. 10 – 60 Piso 2, Sede Norte: Avenida 19 No. 98 – 03 Edificio Torre 100 Piso 1 y 2 y GIT de pasaportes Sede Centro Calle 9 No 5-74), en las gobernaciones autorizadas y en los consulados de Colombia en el exterior.
En caso de un menor de edad, el pasaporte podrá ser solicitado y reclamado por el padre, madre, representante legal u apoderado, con quien el menor efectuó el trámite de su solicitud. Dado que la solicitud del pasaporte se iniciará con la toma de la huella digital, la cual será verificada durante toda la realización del trámite, incluida la entrega.
¿Cómo sé si tengo que cambiar mi pasaporte?
Si Usted cuenta con un pasaporte con páginas de color rosado y fotografía a color, este perdió su validez el 24 de noviembre de 2015, así verificando la fecha de vigencia que se encuentra en la hoja de datos biográficos del usuario. Recuerde que la vigencia del pasaporte ordinario y ejecutivo es de 10 años.
Para los menores de edad el cambio de pasaporte se deberá realizar al cumplir 7 años o alcanzar la mayoría de edad. Sin embargo, desde el 14 de diciembre de 2021 y a hasta el 14 de diciembre de 2022, mediante la Resolución 7421 del 2021 se suspende este requerimiento.
Los dos tipos de pasaportes colombianos válidos son; pasaporte con zona de lectura mecánica y el pasaporte electrónico (chip).
¿Al realizar el cambio del pasaporte, las visas que actualmente tengo en mi pasaporte pierden vigencia?
Según la Resolución 6888 del 26 de noviembre de 2021, establece que la cancelación de un pasaporte no afecta las visas y sellos migratorios estampados en dicho documento. El pasaporte cancelado será devuelto a su titular y las visas allí estampadas seguirán vigentes.
¿Cuál es el número de mi pasaporte?
El número del pasaporte electrónico y con zona de lectura mecánica es alfanumérico, contiene letras y números. Está ubicado en la parte superior derecha de la página en la cual se encuentran impresos los datos del titular del documento.
¿Cuál es el plazo máximo para reclamar mi pasaporte?
De acuerdo a la Resolución 6888 del 26 de noviembre de 2021, "El titular del pasaporte tendrá un plazo máximo de seis (6) meses para reclamarlo una vez haya sido expedido; en caso de no reclamarse en este periodo, el documento será anulado y el solicitante deberá tramitar y pagar un nuevo pasaporte.
En caso de presentarse alguna inconsistencia en la hoja de datos del pasaporte o por daño de fabricación, el titular contará con un plazo máximo de un (1) mes a partir de la fecha de entrega del documento, para solicitar su reposición. Vencido este plazo el solicitante deberá tramitar y pagar un nuevo pasaporte”.
¿Cuándo puedo solicitar el pasaporte ejecutivo?
El pasaporte ejecutivo (48 páginas) se expide a todos los colombianos que así lo soliciten. Este Pasaporte se diferencia del pasaporte ordinario (32 páginas) en el número de páginas y el valor a cancelar. Los dos tienen la misma vigencia (10 años), tiene las mismas condiciones en términos de seguridad.
¿Debo presentar mi pasaporte anterior aun cuando sea el pasaporte convencional de fotografía a color?
Es necesario presentar el pasaporte anterior para la solicitud de pasaporte, esto incluye el pasaporte convencional.
Cabe mencionar que el pasaporte convencional, que se caracteriza por tener páginas de color rosado y fotografía a color, perdió su validez el 24 de noviembre de 2015.
Los dos tipos de pasaportes colombianos válidos son; pasaporte con zona de lectura mecánica y el pasaporte electrónico.
¿Cuáles son los requisitos necesarios para tramitar el pasaporte de un menor que ha sido adoptado?
Los documentos requeridos al momento de tramitar un pasaporte para un menor adoptado son:
Menores adoptados por extranjeros
Registro civil de nacimiento del menor, en el cual conste la respectiva modificación con el registro de los apellidos de los padres adoptantes, tal y como lo ordena la sentencia. Los padres deberán estar identificados con sus respectivos pasaportes o cédula de extranjería si aplica.
Menores adoptados por colombianos
Registro civil de nacimiento del menor, en el cual conste la respectiva modificación con el registro de los apellidos de los padres adoptantes, tal y como lo ordena la sentencia. Los padres deberán estar identificados con cédula de ciudadanía amarilla con hologramas, o contraseñas por duplicado, o por primera vez. Las contraseñas por rectificación no serán aceptadas para adelantar este trámite.
¿Mi hijo a hijo cumple 18 años y tiene pasaporte vigente, debe cambiarlo?
Todo colombiano al cumplir la mayoría de edad deberá cambiar el pasaporte, puesto que cuenta con un nuevo documento de identidad colombiano.
Si es titular de un pasaporte que se encuentra vigente, al cumplir la mayoría de edad deberá adelantar una nueva solicitud una vez haya solicitado la cédula de ciudadanía por primera vez.
En este caso se aceptará la contraseña de trámite de solicitud de cédula por primera vez para adelantar la solicitud de pasaporte acompañada de los demás requisitos. Sin embargo, desde el 14 de diciembre de 2021 y a hasta el 14 de diciembre de 2022, mediante la Resolución 7421 del 2021 se suspende este requerimiento.
¿Qué debo presentar para reclamar mi pasaporte y el de mi hijo?
La entrega del pasaporte se realizará personalmente en la oficina donde usted tramitó su pasaporte a través de autenticación biométrica, para ello, deberá presentar su cédula de ciudadanía amarilla con hologramas, o contraseña de solicitud de cédula de ciudadanía por primera vez, por duplicado o por renovación, expedida por la Registraduría Nacional del Estado Civil.
Para el caso de los menores de edad, este podrá ser reclamado por el padre, madre o representante legal o apoderado, con quien el menor efectuó el trámite de su solicitud, debidamente identificado, con la cédula de ciudadanía amarilla con hologramas, o contraseña de solicitud de cédula de ciudadanía por primera vez, por duplicado o por renovación, para los extranjeros pasaporte o cedula de extranjería según sea el caso.
Si tengo doble nacionalidad, colombiana y otra u otras ¿Debo solicitar mi pasaporte colombiano?
De acuerdo con la Ley 43 de 1993, todo colombiano tiene derecho a tener más de una nacionalidad. Sin embargo, deberá cumplir y fungir como colombiano en territorio colombiano y ante las autoridades colombianas.
“El ciudadano colombiano que posea otra nacionalidad se someterá en el territorio nacional, a la Constitución Política y a las leyes de la República. En consecuencia, su ingreso y permanencia en el territorio, así como su salida, deberán hacerse siempre en calidad de colombianos…” (Ley 43 de 1993 artículo 22).
Mi pasaporte presenta un error en los datos ¿Qué debo hacer?
Una vez entregado el pasaporte al titular, cuando es un adulto, y a uno de los padres o representante legal en el caso de los menores de edad, la persona cuenta con treinta (30) días contados desde el día de la entrega para solicitar la reposición del mismo. Pasado este tiempo se deberá cancelar el valor de un nuevo pasaporte.
Es importante verificar en el momento de la entrega, que los datos biográficos estén correctos.
¿Mi hijo cumplió 7 años y tiene pasaporte vigente, debo cambiarlo?
El pasaporte de los menores de edad mayores de 7 años se debe cambiar, con el fin de que el documento de identificación que se lea en el pasaporte sea tarjeta de identidad (TI), seguido de esta abreviación, deberá ir consignado el número único de identificación personal.
Sin embargo, desde el 14 de diciembre de 2021 y a hasta el 14 de diciembre de 2022, mediante la Resolución 7421 del 2021 se suspende este requerimiento.
Recuerde que este trámite se podrá adelantar con la tarjeta de identidad o contraseña o comprobante de documento en trámite de la misma. Consulte en el siguiente enlace los demás requisitos
https://www.cancilleria.gov.co/tramites_servicios/pasaportes/requisitos
¿Tengo dos números de cédula, debo solicitar pasaporte, puedo utilizar uno de los números?
El número de cédula de ciudadanía es un número único y personal.
De acuerdo con la legislación colombiana, un ciudadano colombiano solo será titular de un número único de identificación personal.
En caso que en el Archivo Nacional de Identificación – ANI- aparezcan dos números de cédula a nombre de la misma persona, el ciudadano deberá seguir el procedimiento establecido por la Registraduría Nacional para la cancelación de uno de los dos números.
En tanto la Registraduría no haya cancelado por resolución uno de los dos números, el ciudadano no podrá solicitar pasaporte.
¿Soy residente en el exterior, cómo tramito mi pasaporte?
Si usted es residente en el exterior lo invitamos a consultar la página web de cada Consulado y/o el link de preguntas frecuentes de la oficina consular.
¿Soy extranjero y mi hijo nació en Colombia, qué requisitos debo presentar para adelantar el trámite de su pasaporte?
Deberá presentar copia auténtica del registro civil de nacimiento (fiel copia) del menor expedido por el Notario, Registrador o Cónsul con la nota “Válido para demostrar nacionalidad", el cual debe incluir el espacio para notas. Además, debe aportar la copia de la visa tipo "M" Migrante o tipo "R" Residente de alguno de los padres que se encontraba vigente al momento de su nacimiento del menor para demostrar el requisito constitucional del domicilio. Todo lo anterior, teniendo en cuenta la Circular Única de la Registraduría Nacional en su versión vigente.
¿Qué normatividad aplica para los menores en riesgo de apatridia, nacidos en Colombia hijos de padres venezolanos, que no cumplen con el requisito del domicilio?
La normatividad aplicable y vigente se relaciona en los siguientes enlaces:
¿Puedo tramitar mi pasaporte con contraseña por primera vez?
En este caso el trámite de pasaporte podrá adelantarse presentando la contraseña de trámite de solicitud de cédula por primera vez acompañada de los demás requisitos contenidos en la Resolución 6888 del 26 de noviembre de 2021.
¿Cual es el tiempo de entrega de mi pasaporte en el exterior ?
Una vez realizado el pago el tiempo de entrega será de 8 días hábiles.
Consulte los tiempos de entrega de pasaportes con la Oficina Consular, tenido en cuenta las condiciones operativas de cada oficina dada la emergencia sanitaria.
¿Qué Gobernaciones expiden pasaportes?
28 Gobernaciones expiden pasaportes, el listado se encuentra ingresando a la sección fuera de Bogotá en el siguiente enlace:
https://www.cancilleria.gov.co/tramites_servicios/pasaportes/lugares_expedicion